“Con la descolonización del Sahara Occidental se cierra el más horrible capítulo en la historia de África”: Dr. Sidi Mohamed Omar, representante saharaui ante la ONU.

Nueva York (EEUU), 27 de mayo de 2020 – Coincidiendo con la Semana Internacional de solidaridad con los pueblos de los territorios no autónomos, que también coincide con el Día de África, el 25 de mayo, el representante del Frente Polisario ante Naciones Unidas, Dr. Sidi Mohamed Omar, ha reiterado la necesidad de que la comunidad internacional asuma sus obligaciones y ponga fin a la misión que le ha sido encomendada para poner fin a la ilegal presencia y ocupación del régimen marroquí a parte del territorio de la República Árabe Saharaui Democrática.

Manifestación saharaui contra el colonialismo español

Para el diplomático saharaui la fecha es clave para subrayar la responsabilidad de España en el conflicto más antigua en África  y su obligación como potencia admiradora del territorio, como así lo define el derecho internacional. También advierte que el Estado español no puede deshacerse de sus deberes en la total descolonización de la parta ocupada del Sahara Occidental.

Carnet de identidad español en el Sahara Occidental

“La ONU celebra estos días la Semana de Solidaridad con los Pueblos de los Territorios No Autónomos , de conformidad con la resolución 54/91 de la Asamblea General, del 6 de diciembre de 1999, por la cual la Asamblea General decide conmemorar anualmente la Semana de Solidaridad con los Pueblos de Territorios no autónomos, a partir del 25 de mayo, reafirmando una vez más que la existencia del colonialismo en cualquier forma o manifestación es incompatible con la Carta de las Naciones Unidasla Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, ha recordado .

“El 14 de diciembre de 1960, la Asamblea General aprobó la resolución 1514 (XV) que contiene la Declaración sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales en la que proclamó de forma oficial la necesidad de poner fin al colonialismo de manera inmediata e incondicional en todas sus formas y manifestaciones”.

Con este fin, añade el representante  saharaui, “la Asamblea General expuso una serie de principios, incluyendo la necesidad de tomar medidas inmediatas para permitir que los pueblos de los territorios no autónomos gocen de total independencia y libertad”. “El Sáhara Occidental, con parte de su territorio bajo ocupación ilegal por parte del Reino de Marruecos, sigue siendo uno de los 17 Territorios no autónomos desde la inclusión del Territorio (conocido entonces como «el Sáhara español») en la lista de territorios para los que la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General es aplicable”.

Asamblea General de la ONU

“La inclusión del Sáhara Occidental en la lista de Territorios no autónomos es un reconocimiento internacional al inalienable derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación e independencia y la responsabilidad de las Naciones Unidas con respecto al territorio y su pueblo” resalta.

De igual forma, recuerda que la finalización del colonialismo y la ejecución de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General “es un proceso por el cual la responsabilidad se confió a la potencia administradora, España, en cooperación con las Naciones Unidas de conformidad con el Capítulo XI del Carta de la ONU.

“En este contexto, desde la aprobación de su resolución 2072 (XX), la Asamblea General siguió pidiendo a España, como potencia administradora del Sáhara Occidental, tomar todas las medidas necesarias para descolonizar el territorio”.

Ante la falta de compromiso y la flagrante violación al derecho internacional, Sidi Mohamed Omar denuncia  que “España no cumplió con sus obligaciones como potencia administradora del Sáhara Occidental ni con el pueblo saharaui. Más bien, firmó un acuerdo tripartito con Marruecos y Mauritania el 14 de noviembre de 1975”.

Acuerdo Tripartito de Madrid, 14 de noviembre de 1975

También advierte que la declaración de España, el 26 de febrero de 1976, para desligarse de toda responsabilidad de carácter internacional con relación a la administración del territorio,  “es nula y sin efecto, y no han alterado la situación legal del Sahara Occidental como territorio no autónomo”.

“La Asamblea General de la ONU, que tiene competencia exclusiva en asuntos relacionados con los territorios no autónomos, nunca ha tomado ninguna decisión que absuelva oficialmente a España de su responsabilidad con respecto al Sahara Occidental”.

El representante del Frente Polisario se ha remitido al dictamen jurídico, emitido a solicitud del Consejo de Seguridad el 29 de enero de 2002, por el Secretario General Adjunto de Asuntos Jurídicos y  Asesor Jurídico de las Naciones Unidas en el que se ratifica que :

“El Acuerdo de Madrid no transfirió la soberanía del  territorio  ni confirió a ninguno de los signatarios el estado de Potencia administradora, condición que España, por sí  sola,  no podría haber transferido unilateralmente. La traspaso de autoridad administrativa sobre el territorio a Marruecos y Mauritania en 1975  no afecta el estatus internacional del Sáhara Occidental como territorio no autónomo” (párrafo 6)

“En vista de lo anterior, se destacan dos hechos fundamentales: primero, la descolonización del Sáhara Occidental aún no se ha completado y España sigue ostentando el poder de administración de iure  del Territorio, según lo confirma la sentencia del Audiencia Nacional de España, de 4 de julio de 2014 , que estableció que «España de iure , aunque no de facto, sigue siendo la Potencia administradora y, como tal, hasta el final del proceso de descolonización, tiene las obligaciones establecidas en los artículos 73 y 74 de la Carta de las Naciones Unidas ”(párrafo d); segundo, Marruecos sigue siendo potencia ocupante de partes del Sáhara Occidental, como así lo confirma la Asamblea General en sus resoluciones 34/37 , 21 de noviembre de 1979, y 35/19, 11 de noviembre de 1980, y en las que se insta a Marruecos a poner fin a su ocupación al Sahara Occidental”.

Militares marroquíes en las zonas ocupadas del Sahara occidental

“Además, la Carta de la ONU,  las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad, relacionadas con la autodeterminación, y la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre el Sáhara Occidental, 16 de octubre de 1975, es una referencia clave para el fundamento jurídico del derecho a la autodeterminación como un derecho inalienable y concluyente en virtud de la legalidad internacional”, añade.

“El Sáhara Occidental no era una tierra que no pertenecía a nadie (terra nullius) en el momento de la colonización española porque estaba habitado por pueblos que tenían su propia organización social y política (párrafo 81) y fue en estos pueblos juntos donde se invirtió la soberanía sobre el Territorio; segundo, no existía ningún  vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental y el Reino de Marruecos o la entidad mauritana (párrafo 162)”, señala el diplomático saharaui haciendo referencia al dictamen del Tribunal Internacional de Justicia.

Tribunal Internacional de Justicia aborda la situación del Sahara Occidental

También cita que  «el Tribunal no ha encontrado vínculos legales de tal naturaleza que puedan afectar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en la descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, del principio de autodeterminación a través de la expresión libre y genuina de la voluntad de los pueblos del Territorio (párrafo 162).

“El fallo de la Corte Internacional de Justicia , que es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, ha establecido inequívocamente los dos fundamentos legales sobre los que debe proceder la descolonización del Sáhara Occidental; primero, la soberanía sobre el Sáhara Occidental recae en el pueblo saharaui; segundo, como resultado, solo el pueblo saharaui tiene derecho a decidir, mediante la expresión libre y genuina de su voluntad, el estado del Sáhara Occidental de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y otras resoluciones relevantes para la descolonización”.

“Vale la pena señalar que la Corte Internacional de Justicia aseveró que la expresión de la voluntad del pueblo saharaui debe ser libre y genuina. Esto significa que la expresión debe llevarse a cabo sin ninguna interferencia extranjera de ningún tipo y que debe ser realizada directamente por el pueblo saharaui a través de los procesos democráticos establecidos internacionalmente”, determina el Dr. Sidi Mohamed Omar .

Tribunal Internacional de Justicia aborda la situación del Sahara Occidental

“Al observar en estos días la Semana de Solidaridad con los Pueblos de los Territorios No Autónomos, recordamos el discurso pronunciado por el Secretario General de la ONU, Sr. Antonio Guterres, en la apertura de la reunión del Comité de Descolonización de la ONU ( C-24) el 21 de febrero de 2019, cuando dijo que “la descolonización es uno de los capítulos más importantes de la historia de la Organización. Pero esta historia todavía se está escribiendo, ya que quedan 17 territorios no autónomos”.

“El pueblo saharaui todavía espera paciente y resueltamente a que las Naciones Unidas cumpla su misión pendiente en el Sáhara Occidental,  tomando las medidas necesarias e inmediatas para permitir que nuestro pueblo disfrute de una independencia y  completas libertad, de modo que África pueda cerrar uno de los más horribles capítulos de la historia”, finaliza el representante del Frente Polisario ante la ONU.

(SPS)